La vertiginosa evolución de la economía digital ha superado la capacidad de respuesta de los marcos regulatorios tradicionales. En la República Dominicana, nos encontramos en un punto de inflexión donde la creatividad digital choca con la rigurosidad financiera. Hoy, el fenómeno del lavado de activos influencers es una preocupación real que ocupa la agenda de cumplimiento de la banca múltiple y las autoridades de supervisión.
I. El riesgo del lavado de activos influencers en las batallas de TikTok
En el ejercicio del derecho mercantil, observamos cómo los bancos locales endurecen controles sobre cuentas de creadores de contenido. El epicentro reside en las ‘batallas’ de TikTok. Lo que parece un simple entretenimiento, para un oficial de cumplimiento representa un riesgo latente de lavado de activos influencers mediante el fraccionamiento de fondos (smurfing). Cuando miles de micro-transacciones intentan ingresar al sistema formal, chocan con la Ley No. 155-17, que exige una debida diligencia estricta sobre el origen de cada peso.
II. Marco Legal: La Ley 155-17 y la Responsabilidad del Creador
La Ley No. 155-17 establece que los bancos deben aplicar medidas de Debida Diligencia. Esto implica conocer no solo quién es su cliente, sino cuál es la fuente de su riqueza. El lavado de activos influencers puede ocurrir incluso de forma involuntaria cuando el creador actúa como ‘mula’ de dinero. El desconocimiento de la ley no exime de responsabilidad, y la negligencia en verificar las fuentes de ingresos puede interpretarse como una falta grave con consecuencias que van desde el cierre de cuentas hasta implicaciones penales.
III. El Riesgo del Engaño y la ‘Mula de Dinero’
Como bien ha señalado el Banco Popular en sus recientes guías, el crimen organizado utiliza el engaño para captar a usuarios de redes sociales. Existen esquemas donde se contacta al creador para proponerle ‘negocios’ ficticios. En este punto, el influencer deja de ser un comunicador para convertirse, jurídicamente, en un receptor de fondos de procedencia ilícita, configurando escenarios de lavado de activos influencers.
IV. El Aspecto Tributario: DGII y la Renta Gravable
Todo ingreso que incremente el patrimonio de una persona física o jurídica residente en la República Dominicana está sujeto al pago de impuestos. La monetización no es un regalo; es renta. La formalización ante la DGII no es solo una carga, es una herramienta de defensa. Un influencer registrado posee mayor solvencia moral y legal ante el banco para justificar sus ingresos y desvincularse de cualquier sospecha de lavado de activos influencers.
V. La Formalización como Estrategia de Blindaje Legal
Desde mi despacho, insto a los emprendedores digitales a ver la legalidad como una inversión. Para operar con seguridad, el creador de contenido debe: 1. Constituir una Sociedad (SRL o SAS) para separar el patrimonio personal del comercial. 2. Mantener Contratos de Soporte y registros de los paneles de monetización. 3. Realizar una Auditoría de reputación digital para asegurar que la presencia web sea coherente con la facturación.
VI. Conclusión: Hacia una Regulación Equilibrada La República Dominicana tiene compromisos internacionales con el GAFI para mantener un sistema financiero limpio. El lavado de activos influencers no es un tema exclusivo de grandes corporaciones. El desafío para nosotros, los juristas, es acompañar a estos creadores en la transición a la formalidad, asegurando que su talento no se vea truncado por una falta de estructura legal.